VOTACIONES
ESPAÑA 2015 / COMO VOTAR?
El 24 de
mayo están llamados a las urnas 36 millones de electores en los comicios municipales
y autonómicos. Aparte de la pregunta clave que tocar hacerse de cara a la
jornada electoral —¿a quién voto?—, estas son otras siete cuestiones prácticas
para ir a votar el domingo.
¿QUIENES VOTAN?
El 24-M se
celebran elecciones en 13 de las 17 comunidades autónomas (excepto Galicia,
País Vasco, Andalucía y Cataluña) y en los 8.116 municipios y 3.500 entidades
de ámbito territorial inferior al municipio que hay en España. También se vota
para las asambleas de Ceuta y Melilla, y en los cabildos canarios.
En los
colegios electorales habrá dos o tres papeletas: de color blanco para elegir a
los concejales de los municipios, de color sepia para elegir a los diputados de
los parlamentos autonómicos o de las asambleas de Ceuta y Melilla y, en su
caso, de color verde para elegir de forma directa a los alcaldes pedáneos de
las entidades locales menores o los cabildos.
¿QUIEN PODRA
VOTAR?
En las
elecciones municipales pueden votar todos los españoles mayores de edad
inscritos en el censo electoral y que residan en España, los ciudadanos de la
UE también residentes en España y los nacionales de aquellos países (como
Ecuador, Islandia o Nueva Zelanda, por ejemplo) que hayan firmado acuerdos de
reciprocidad por los que reconocen el mismo derecho de sufragio a los españoles
que residan en su territorio.
En el caso
de las autonómicas, pueden votar todos los españoles mayores de edad inscritos
en el censo electoral, tanto si residen en España como en el extranjero.
¿Y SI SOLO
QUIERO VOTAR EN LAS LOCALES Y NO EN LAS AUTONOMICAS?
No es
necesario votar en todos los comicios si hay varios convocados el mismo día.
Pero, en caso de hacerlo, tendrá que ser a la vez, ya que no está permitido ir
a votar en momentos distintos dentro de una misma jornada electoral.
¿CUANDO Y DONDE?
La jornada
electoral comienza a las 9 de la mañana (aunque los colegios electorales abren
antes para que pueda constituirse la mesa, acreditar a los interventores,
comprobar que no faltan papeletas…) y termina a las 8 de la tarde. Si en ese
momento queda todavía alguien dentro sin votar, podrá hacerlo. Y si todos los
electores incluidos en el censo lo han hecho ya, el colegio electoral podrá
cerrar antes.
La
información sobre dónde votar —la sección y la mesa concretas a la que hay que
ir— figura en la tarjeta censal que la Oficina del Censo Electoral ha enviado a
todos los electores. También se puede consultar por Internet, en la web de la
Oficina del Censo Electoral.
PERDI EL DNI Y/O
LO TENGO CADUCADO…. ¿PUEDO IR A VOTARl?
Se puede ir
a votar con el DNI caducado. También se puede ir sin él, aunque en ese caso
habrá que hacerlo con el pasaporte o el carné de conducir, que igualmente
podrán estar caducados. Pero solo se pueden llevar documentos originales, las
fotocopias no sirven. Tampoco vale el resguardo del DNI en trámite porque no
tiene fotografía.
Los votantes
extranjeros pueden llevar también la tarjeta de residencia (en el caso de
ciudadanos de la UE) o la tarjeta de identidad de extranjeros (para los
nacionales de países con convenios de reciprocidad).
¿Y SI EL 24
TENGO QUE TRABAJAR O NO PUEDO IR POR SALUD?
Los
electores que tengan que trabajar el 24-M tienen derecho a un permiso de hasta
cuatro horas libres retribuidas, dentro de su jornada laboral, para ir a votar.
Si por motivos laborales el votante está lejos de su lugar de residencia y no
puede acercarse hasta su colegio electoral, tienen derecho al mismo permiso de
cuatro horas para votar por correo (aunque el plazo finaliza este jueves). En
la mesa electoral se puede además pedir un justificante.
Si el
votante está enfermo o en situación de incapacidad y no va a poder desplazarse
al colegio electoral, tiene que hacerlo por correo. Ninguna otra persona puede
ir a votar por otra.
¿Qué DIFERENCIAS
EXISTEN ENTRE EL VOTO VALIDO, EL NULO, Y EL BLANCO?
Los votos
que caen en la urna pueden ser válidos o nulos. El válido es el que apoya una
candidatura concreta o el voto en blanco (el sobre sin papeleta dentro). El
nulo puede ser, por ejemplo, el sobre con dos papeletas de distintas
candidaturas dentro (si es de la misma se contabiliza como válido) o la
papeleta con algo escrito.
La
diferencia entre voto en blanco y nulo es que el primero, aunque no va a parar
a ningún partido, sí cuenta a la hora de calcular el mínimo de votos que debe
alcanzar cada formación para conseguir representación.
Oficina del Censo
Electoral del propio INE.
El número es el 901 101 900.
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